La Justicia reconoce el derecho de una pareja trans a formar una familia por el Método Ropa

¿Las personas trans tienen derecho a tener hijas e hijos? Para las y los defensores del «tener hijos es un deseo, no un derecho» resulta evidente que no.

Para el Tribunal Superior de Justicia de Valencia sí. Y es, además, un derecho que hay que proteger, de modo que los gastos derivados del tratamiento reproductivo deben ser cubiertos con cargo a fondos públicos.

 

Cándido -un hombre trans- y Rosana llevan casados desde 2014. Cándido decidió realizar terapia hormonal cruzada,pero antes de ello se sometió a estimulación ovárica, logrando nueve ovocitos que fueron congelados para que pudiese intentar ser padre en un futuro. Su idea era simple. Mediante un donante de semen se fecundarían sus óvulos y los embriones resultantes se implantarían en Rosana.

Sin embargo, cuando manifestaron su intención, todo fueron impedimentos. Para empezar, las dudas en la clínica donde estaban congelados los óvulos. El cambio de sexo era una «novedad» y había que pedir un informe a la Comisión Nacional de Reproducción Asistida (CNRHA). Luego las trabas vinieron de la compañía aseguradora, que negaba a Rosana tratamiento»al no existir causa ginecológica que le impida una gestación por medios naturales«. Medios naturales. Una respuesta a todas luces bochornosa que, sin pudor alguno, fue ratificada por el Ministerio de Administraciones Públicas. Incluso la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad de la Consejería de Sanidad Universal del Gobierno valenciano emitió una resolución que vetaba cualquier tratamiento a Rosana hasta contar con un informe favorable de la CNRHA.

Al final, como tantas veces, ha sido la justicia quien ha reconocido derechos, dado que el legislador español sigue perdido en la ignorancia de por dónde camina la sociedad española.

Las resoluciones administrativas, en este como en otros casos, se aferran a la literalidad de la letra de la ley, sin ver ni entenderel fondo ni la existencia de otras realidades.

El TSJ alude al «espíritu» de la norma para hacerla «compatible con el respeto del derecho a la igualdad«, pues su finalidad no es otra que «ayudar a lograr la gestación en aquellas personas con imposibilidad de conseguirlo de forma natural«. Y para las personas trans la forma natural no siempre es posible, como no siempre es posible para lesbianas, o para gais, o para intersexuales.

Los jueces han dicho sí. Cándido y Rosana tienen ahora una oportunidad para formar su familia como ellos decidan y no como les digan otras u otros.

Las personas trans no están condenadas a ser infértiles, a no poder tener hijas e hijos. Tenerlos, tener una familia, es un derecho. Derecho reconocido desde que las nuevas leyes recogen la posibilidad de preservar la fertilidad en múltiples circunstancias. Entre ellas, por supuesto, el inicio de terapias hormonales o tratamientos quirúrgicos que puedan alterar la fertilidad en hombres o mujeres trans.

La sentencia es un canto a la justicia, a lo quede verdad dicen las leyes. Una verdad que conduce, inexcusable, a una obliga reflexión y a preguntarnos casos y cosas.

Como se ha dicho, el TSJ alude al «espíritu» de la norma para hacerla «compatible con el respeto del derecho a la igualdad«. Y eso no es un tema menor. Igualdad, sí, pero…

Cándido ¿tendría el mismo derecho si en vez de ser heterosexual fuese homosexual? Y, ¿si hubiese decidido ser padre solo? ¿Se respetaría su decisión?Los titulares de los derechos reproductivos ¿son las personas o sus circunstancias y coyunturas?

Países como Canadá ya han respondido a estacuestión. Los derechos reproductivos pertenecen a las personas, con independencia de sexo, genero, orientación sexual o causa que motive la infertilidad.

Son muchas las veces que se ha escuchado “Tal vez la realidad es que algunas personas no pueden tener hijos y simplemente tienen que aceptar eso”.

Una no-verdad que ha ido cambiando de sentido,a pasos agigantados, con el paso del tiempo. Porque, quién debe ser incluido o excluido de la reproducción, es una cuestión política. Hoy reproducirse no es una consecuencia natural de la variación biológica de los individuos, si es que alguna vez ha sido así. La sociedad ayuda a las personas que no pueden tener hijos por su cuenta a través de la tecnología reproductiva y la adopción. Cada día cientos de parejas infértiles heterosexuales o lesbianas reciben ayuda, mientras que las parejas gais están excluidas. O las personas trans, como revela el caso de Cándido y Rosana. Un problema que la clase política no se atreve a enfrentar pese a ser un asunto de justicia, como ha señalado el TSJ valenciano.

Algún día España reconocerá esta paridad de derechos sin discriminación alguna. Posiblemente a golpe de tribunal, dado que las actitudes monjiles de derechas y de izquierdas, que dominan y controlan el panorama político, siguen postulando su moral como moral para todos. Siguen persiguiendo definir qué es familia, quién puede ser madre, quién puede ser padre, quién tiene derecho a acceder a la medicina reproductiva o quién tienen vetado ese derecho. Cándido y Rosana han ganado. Ellos nos señalan el camino. Nunca hay que creer que no se puede. Nunca hay que aceptar que nos recorten derechos. Ni reproductivos ni de otra índole.

Porque, guste o no, de lo que hablamos es de Justicia e Igualdad.

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