La Corte Suprema de Justicia de Honduras ha declarado «inadmisible» un recurso interpuesto por la comunidad LGTBI para que el Estado reconozca el matrimonio igualitario, lo que supone un duro golpe para los derechos del colectivo.
El portavoz del Poder Judicial en Tegucigalpa, Melvin Duarte, dijo que el tribunal supremo declaró «inadmisible» el recurso de inconstitucionalidad por «falta de legitimación, ya que no presentan documentos que acrediten estar legitimado».
«Se declaró inadmisible, pero se les dice que tienen opción de volver a presentarlo bajo los parámetros que acrediten estar legitimado«, explicó Duarte a Efe.
El artículo 112 de la Constitución hondureña dice textualmente: «Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio, así como la igualdad jurídica de los cónyuges«.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) determinó el 9 de enero pasado que los Estados deben «reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo».
«Es necesario que los Estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas con parejas heterosexuales», agrega el criterio de la CorteIDH.
En América el matrimonio igualitario está autorizado en Canadá, Estados Unidos, México, Argentina, Brasil, Uruguay y Colombia.