Venezuela: El TSJ reconoce los derechos de los hijos biológicos de las familias homoparentales

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) ha fallado a favor de las familias homoparentales y ha determinado que los hijos que las parejas del mismo sexo tengan por reproducción asistida gozarán de todos los derechos previstos en la legislación del país caribeño.

Esta decisión constituye «un gran paso» para toda la población de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Trans e Intersexuales (LGTBI) en un país donde no es legal el matrimonio igualitario ni la adopción a parejas del mismo sexo.

Además, la Sala interpretó el artículo 75 de la Constitución y dictó que la jefatura de las familias pueden ejercerlas las familias homoparentales, «y los niños, niñas y adolescentes nacidos en estas familias tienen la protección del Estado al igual que cualquier otro niño que haya nacido dentro de una familia tradicional».

Todo gracias a la imparable lucha de Migdely Miranda, una venezolana que dio a luz en Argentina al hijo que tuvo junto a Ginyveth Soto, su esposa, que donó el óvulo fecundado que fue implantado en el vientre de aquella.

Migdely Miranda junto a su mujer, Gini Soto, antes de que fuese asesinada
Migdely Miranda junto a su mujer, Giny Soto, antes de que fuese asesinada

La pareja intentó registrar en el país la partida de nacimiento del pequeño que en Argentina fue inscrito como Salvador Gabriel Soto Miranda pero, mientras esperaba un pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE), Ginyveth Soto fue asesinada en Caracas.

Cuatro meses más tarde la institución resolvió admitir los datos del niño sin el apellido de su madre biológica y Miranda acudió ante un tribunal que determinó que Gabriel Salvador no era hijo de Soto y, por ende, no tenía derecho a heredar el patrimonio de esta.

Migdely Miranda y Giny Soto
Migdely Miranda y Giny Soto

Por todo lo anterior, acudieron al más alto juzgado del país que anuló las decisiones previas, reconoció la doble filiación del niño, ordenó su inscripción en el Registro Civil con los apellidos de ambas madres y exigió al Servicio de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) «incluirlo en la declaración sucesoral».

El abogado que introdujo el amparo aseguró  que pese a ser un caso sobre una familia específica este fallo «también abarca a todas las familias homoparentales que tengan hijos o hijas por reproducción asistida» en Venezuela.

Leer también Dos futuras madres venezolanas abandonan su país para evitar la discriminación

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies