Los hijos del Tribunal Supremo

El 12 de mayo de 2011 el Tribunal Supremo manifestaba: «El sistema familiar actual es plural, es decir, que desde el punto de vista constitucional, tienen la consideración de familias aquellos grupos o unidades que constituyan un núcleo de convivencia, independientemente de la forma que se haya utilizado para formarla y del sexo de sus componentes, siempre que se respeten las reglas constitucionales».

Esta doctrina parece primordial para entender la Sentencia del pasado 6 de marzo en la que, ¡por fin!, se da la razón a una mujer homosexual que venía reclamando el poder inscribir como propio al hijo que tuvo con su pareja mediante técnicas de reproducción asistida.

Hijos de hecho, hijos de derechos. Las familias de hecho deben ser familias de derecho. El Supremo considera probado «el propósito común de ambas mujeres para recurrir a la técnica de reproducción asistida, así como la existencia de una posterior unidad familiar entre las dos convivientes y el hijo biológico de una de ellas». Y por supuesto, prima el interés superior del menor, que la Corte entiende fundamental.

Argumentos dichosos y hermosos que son un refrendo al concepto de “Proyecto de Familia”. Ya eran tiempos de escuchar reflexiones así en labios de un Tribunal cuyos pronunciamientos marcan pautas e influyen en la vida de miles de personas.

Argumentos ásperos y amargos en labios de un Tribunal que unos días antes negaba la inscripción de unos gemelos, hijos de un matrimonio homosexual masculino, presumiblemente por no considerar probado «el propósito común de ambas mujeres (léase hombres) para recurrir a la técnica de reproducción asistida, así como la existencia de una posterior unidad familiar entre las (los) dos convivientes y el hijo (los hijos) biológico de una de ellas (léase de ambos hombres)».

Ni siquiera se estima el «interés superior del menor», porque “la aplicación de este principio ha de hacerse para interpretar y aplicar la ley y colmar sus lagunas, pero no para contrariar lo expresamente previsto en la misma. Yo creía que era un bien jurídico que tenía que impregnar toda legislación. Ahora sé que es justo al revés, que se hace la ley y luego… a ver si encaja.

Su verbo flagela el interés del menor. Ustedes, al sentenciar, lo mutan en un concepto indeterminado ad infinitum y, al amparo de esa candela, a quienes son reconocidos como hijos de españoles, les niegan la nacionalidad española amén de, por mantenella e no enmendalla, pretender cambiarles su familia. La suya. La que siempre han tenido. La única que han tenido.

Este veredicto persigue que sean hijos de quien nunca han sido y que uno de sus padres, cualquiera de ellos al parecer, porque ignoran qué procedimiento técnico se ha empleado, adopte a sus propios hijos. ¡Qué importa que de pronto pierdan un padre? Qué más da si al padre «oficial» le sucede un accidente y los niños se encuentran sin padre, con una “madre judicial», que jamás ha querido serlo, a un océano de distancia, y perdidos en el limbo de su dictamen, mientras el “otro”, el adoptante, espera… ¿qué, Señorías?, ¿Qué?

Ofrecen ustedes razonamientos tan firmes como que el “bien jurídico con el que entraba en conflicto el principio de identidad única del menor era el principio de inmutabilidad o estabilidad de los apellidos. Es evidente que se trata de un bien jurídico de mucha menor importancia que los protegidos por la prohibición de gestación por sustitución”.

Perdonen, pero ¿tienen alguna idea del por qué la Convención sobre los Derechos del Niño dice tendrá UN nombre? No es sólo por personalidad única, ciertamente fundamental, sino también porque si fuese posible cambiar la identidad, los apellidos, de un niño al pasar de un país a otro, se favorecería el tráfico de menores, dado que resultaría del todo imposible seguir el rastro a un pequeño con nombre diferente según la frontera que cruce. Los redactores de la Convención nunca debieron imaginar que respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares alcanzase para tan personalísima interpretación judicial.

Han podido reiterar sus palabras, decir que FAMILIA es “un núcleo de convivencia, independientemente de la forma que se haya utilizado para formarla”. No lo han hecho. Han optado por ningunear los conceptos y, de corrido, decir que la gestación por sustitución es mala, aderezando la sentencia con vocablos como cosificación, o granjas, o que es algo de ricos y famosos, idea propulsada por quién filtró la sentencia a un periódico, y a los que ustedes, tan cultos, han llamado “ciudadanía censitaria”.

Supongo que lo dicen porque lo han visto y han actuado en consecuencia. Díganme que sí, que tienen pruebas sólidas e irrefutables de lo que exponen. Porque si han vertido, por la puerta de servicio, los derechos de dos niños, que aún no tienen ni seis años, sin nada más que su ideología…

Sería desolador que, simplemente por cometarios de corrala, por eso de “me dicen que dicen que han oído que alguien dice haber escuchado que…” ustedes hubiesen juzgado, prejuzgado, sojuzgado y dictado sentencia.

Rockefeller apoyó la Ley seca en 1919. Años después, en 1932, dijo que “En general ha aumentado el consumo de alcohol, se han multiplicado los bares clandestinos y ha aparecido un ejército de criminales”. Esperemos que su fallo no sirva para aumentar el tráfico de menores, multiplicar la falta de respeto a los derechos constitucionales e individuales, que prolifere lo clandestino y para que vivan bajo su sombra un ejército de impresentables.

Por nuestra parte, no nos van a encerrar en un armario. Nuestras familias seguirán forjándose, creciendo y saliendo a la calle con la cabeza alta, con la alegría de nuestros hijos. Con la dignidad de nuestras gestantes. Con el orgullo ser quienes somos.

Les dejo unas imágenes: http://vimeo.com/72610523

Mírenlas. Miren nuestras caras, miren nuestros ojos, miren a los niños y después…

Después díganme que no soy familia; que tengo que cambiar el nombre de mi hijo; que para mi proyecto vital y familiar dependo de la decisión de una negra toga. Negra como cieno negro.

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