Italia expedientada por no reconocer a varias parejas del mismo sexo casadas en el extranjero

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos acaba de abrir un expediente contra Italia por discriminar a seis parejas del mismo sexo casadas legalmente en otros países.

Los denunciantes recurrieron a la justicia europea en 2012 ante la negativa de la Administración italiana a reconocer sus matrimonios ya que, en ese momento, aún no existía en el país ninguna regulación legal de las parejas del mismo sexo.

Esta nueva sentencia supone un gran avance para los derechos LGTB de la justicia europea. Tres de las parejas se habían casado legalmente en Canadá, dos en los Países Bajos y una en California. Las autoridades italianas rechazaron la petición con base en una orden del ministerio del Interior del año 2001 que condenaba el matrimonio igualitario como “contrario a las normas del orden público”.

El Estado italiano tendrá que indemnizar a cada uno de los demandantes con 5.000 euros y pagará las costas judiciales, que ascienden a 19.000 euros.

La sentencia reafirma la libertad de los Estados europeos para excluir del matrimonio a las parejas del mismo sexo, pero también el derecho de estas parejas a que su unión sea reconocida bajo algún tipo de figura legal.

La ley de uniones civiles se aprobó en Italia en 2016, por lo que los magistrados del Tribunal sostienen que la administración dejó a los demandantes en un limbo legal durante esos cuatro años.

No es la primera vez que Estrasburgo condena a Italia por este asunto. En 2015 ya sentenció a favor de tres parejas de hombres que presentaron una demanda por no poder casarse e instó a los gobernantes a que aprobaran una ley de uniones civiles, como efectivamente hicieron meses más tarde.

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