Familias LGTBI y Europa: «No lo tenemos fácil ni lo vamos a tener»

No. No lo tenemos fácil. Ni lo vamos a tener.

A las personas LGTBI+ no nos regalan victorias. Y, cuando logramos derechos, casi siempre aparecen matizados, con acotaciones, con detalles que no son otra cosa que nuevas formas de exclusión.

Hechos y cosas que en el ámbito heterosexual son proyectos normales, para nosotras y nosotros y nosotres se convierten en una dura prueba de resistencia.

Como, por ejemplo, intentar fundar la propia familia.

 “La aparición de las técnicas de reproducción asistida en la década de los 70 supuso la apertura de nuevas posibilidades de solución del problema de la esterilidad para un amplio número de parejas aquejadas por esta patología.

Así comienza la Exposición de Motivos de la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 2006.  Asistida para heteros, claro. El reconocimiento legal de dos madres lesbianas no llegó hasta la reforma de 2007 y con limitaciones. En 2019 la ley sigue sin reconocer derechos a gais y a muchísimas personas trans.

Salvo honrosas excepciones, como Canadá, se trata de una situación global que ocasiona un fenómeno migratorio específico en busca de unos derechos reproductivos que nuestro país de origen nos niega

Así sucede, por ejemplo, con las parejas de lesbianas que viajan hasta España para realizar método ROPA (Recepción Óvulos de la Pareja) y beneficiarse de nuestra legislación. O con las parejas gais, que nos desplazamos a otro continente para poder recurrir a Gestación Subrogada (GS).

Pero, si método ROPA o GS -u otras técnicas- son complicadas de practicar en Europa, ver reconocida la filiación de nuestras hijas e hijos es una tarea hercúlea que obliga a lidiar con viejas costumbres, leyes de otros siglos y, muy especialmente, con la moral de la clase política.

Un afán que ocupa a muchos padres, que llevamos tiempo defendiendo la aceptación de nuestras familias por el Estado y en la que, poquito a poco, vamos avanzando.

Como en España, cuando en 2010 logramos cambiar la postura de la Dirección General de los Registros (y del Gobierno) y se nos reconoció la filiación de niñas y niños nacidos por GS. De aquellos días siempre recordaré el apoyo recibido, sin titubeos, de Pedro Zerolo, ese luchador infatigable para el que las personas eran lo realmente importante. ¡Gracias siempre, Pedro!

En Alemania fue el Bundesgerichtshof, la Corte Suprema, quien en 2015 reconoció la filiación a favor de dos hombres, padres por GS en California, y rechazó que la prohibición doméstica de la técnica fuese motivo suficiente para negar que eran familia. Un veredicto que hace necesario redefinir los conceptos de familia, de paternidad y de maternidad.  

Sin olvidar el caso de Olivia y Lukas, hijos de dos hombres gais, a los que la Republica Checa negaba la nacionalidad. No por tratarse de un caso de GS, sino por el rechazo legal y social a reconocer como padres a una pareja homosexual. El Tribunal Constitucional falló a su favor en julio de 2017, obligando a modificar la ley. Su esfuerzo cambió la historia y hoy dos hombres pueden ver reconocida en Chequia su paternidad

Actualmente la atención está enfocada en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), que debe pronunciarse sobre un caso similar. 

Se trata de una pareja de hombres, uno de ellos polaco, padres de 2 niños nacidos en los Estados Unidos en 2010, mediante GS, y con sentencia de un tribunal estadounidense que establece la paternidad de ambos.

En 2012 iniciaron los trámites para confirmar la ciudadanía polaca de sus hijos. Según la legislación, similar a la española, un menor tiene la nacionalidad si al menos uno de sus progenitores es ciudadano polaco. El gobernador de la provincia de Mazovia, el Ministerio del Interior y los tribunales rechazaron conceder la nacionalidad porque el reconocimiento de padres del mismo sexo violaría los principios básicos del sistema legal. Nada nuevo. Ellos, lógicamente, no aceptaron la negativa y presentaron una reclamación ante el TEDH.

Reclamación a la que se sumaba, hace unas semanas, el trabajo de unos amicus curiae, expresión latina usada para referirse a personas físicas o jurídicas, ajenas a un litigio, que intervienen voluntariamente ante un tribunal para ayudar a la resolución del caso aportando información objetiva.

El texto presentado es importante tanto por sus argumentos legales, como por las entidades que lo han elaborado, los amicus curiae, los amigos del tribunal.

Se trata de una serie de organizaciones internacionales, dedicadas a la defensa de los derechos humanos y del colectivo LGTBI+, entre las que se encuentran la Red Internacional de Derechos del Niño (CRIN), la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos (HFHR), la Sección Europea de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA-Europa) o la Red de Asociaciones Europeas de Familias LGBTIQ* (NELFA).

Con independencia del resultado final y de la sentencia que se dicte, que instituciones como estas actúen codo con codo junto a padres, y en defensa de los derechos de sus hijos, es alentador y evidencia que el activismo social ni se rinde ni acepta familias de segunda clase.

En estos tiempos, cuando en España se invoca ante el Presidente de Gobierno la posibilidad de negar la nacionalidad a menores españoles nacidos por GS, cuando en su presencia se insta al maltrato infantil, y el político calla y la subrofobia crece, es ilusionante saber que, frente a quienes propugnan el acoso a nuestras familias, a nuestras hijas e hijos, estaremos no solo los padres, sino también organismos e instituciones que no aceptan que despreciar los derechos del menor sea la respuesta.

Sea mediante adopción, GS, acogimiento, o como quiera que sea, los padres gais existimos. Estamos aquí y aquí seguiremos. Peleando para que los que vienen detrás no tengan que sufrir nuevos rechazos. Peleando por nuestras familias.

Peleando el futuro.

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